Estimadas/os amigas/os:
El Gobierno ha aprobado un nuevo conjunto de medidas complementarias de carácter laboral, financiero y fiscal, que han sido objeto de discusión y acuerdo en la Mesa de Diálogo Social.
Entre las mismas se contienen diversas medidas en materia tributaria, adoptadas en base a la habilitación prevista en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, destinadas a extender, con carácter extraordinario y temporal, los beneficios fiscales de los que disfrutan los titulares de cuentas de ahorro vivienda y los propietarios de viviendas que estén soportando créditos hipotecarios o que hayan decidido trasmitirlas para adquirir una nueva de uso habitual.
Cuando la cuantía total de las retribuciones de los trabajadores sea inferior a 33.007,2 euros y el contribuyente hubiese comunicado a su pagador que destina cantidades para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual, el tipo de retención se reducirá en dos enteros
Esperamos que la NOTA INFORMATIVA y la documentación adjunta que os remitimos os sean de utilidad.
Un saludo.
Antonio Quesada Minguez
Sº Sectorial de Seguridad Privada
Estimados/as amigos/as:El Gobierno ha aprobado un nuevo conjunto de medidas complementarias de carácter laboral, financiero y fiscal, que han sido objeto de discusión y acuerdo en la Mesa de Diálogo Social.
Entre las mismas se contienen diversas medidas en materia tributaria, adoptadas en base a la habilitación prevista en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, destinadas a extender, con carácter extraordinario y temporal, los beneficios fiscales de los que disfrutan los titulares de cuentas de ahorro vivienda y los propietarios de viviendas que estén soportando créditos hipotecarios o que hayan decidido trasmitirlas para adquirir una nueva de uso habitual.
Cuando la cuantía total de las retribuciones de los trabajadores sea inferior a 33.007,2 euros y el contribuyente hubiese comunicado a su pagador que destina cantidades para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual, el tipo de retención se reducirá en dos enteros
Esperamos que la NOTA INFORMATIVA y la documentación adjunta que os remitimos os sean de utilidad.
Un saludo.
Antonio Quesada Minguez
Sº Sectorial de Seguridad Privada
El pasado día 2 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto 1975/2008, de 28 de noviembre, sobre las medidas urgentes a adoptar en materia económica, fiscal, de empleo y de acceso a la vivienda (1).
De todas estas medidas de apoyo financiero público, la que nos afecta directamente a la mayoría de los trabajadores del sector, es la reducción de dos puntos a partir del 1 de enero de 2009 en las retenciones del IRPF para todos los trabajadores que tengan un préstamo hipotecario concertado por importe inferior a 170.000 €, exclusivamente para la adquisición de vivienda habitual y un salario bruto inferior a 33.000 €.
Ayer día 18 de diciembre se publicó en el BOE la Resolución de 11 de diciembre de 2008, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo 145, de comunicación de datos al pagador de rendimientos del trabajo o de la variación de los datos previamente comunicados (2)
En la web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) está disponible la actualización del modelo 145 de comunicación de datos al pagador para el cálculo de las retenciones sobre el rendimiento del trabajo relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El contribuyente, en su comunicación al pagador de la información relevante para el cálculo de sus retenciones para el IRPF, podrá incluir el pago de hipoteca, lo que permite una bajada de dos puntos en las retenciones para aquellas rentas hasta 33.000 euros anuales. La actualización de esta comunicación se puede hacer en cualquier momento a partir de la adquisición de la hipoteca.
Un saludo.
GINES MARTINEZ BAÑOS
(AREA VIGILANCIA Y SISTEMAS)
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Móvil: 679 854 211
C/ Santa Teresa, 0 – 7ª Planta. 30005 Murcia
Teléfono: 9 8 27 44 0. Fax: 9 8 27 43 4 Correo electrónico: seguridad@murcia.ugt.org
Modelo de impresión 145 Agencia Tributaria, pulsar.
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